¿Sabía que lo pueden sancionar si no registra a su perro de raza de manejo especial? Le contamos lo que debe saber
Los hogares de las y los bogotanos suelen tener, en su mayoría, una mascota: pueden ser gatos o perros, casi siempre, u otro tipo de animales permitidos como peces o pájaros.
La cuestión de tener un ‘mejor amigo peludo’ reside en la responsabilidad: los perros y los gatos, por nombrar los principales aunque aplica para cualquier animal de compañía, suponen una responsabilidad en cuanto a su cuidado, su alimentación y su bienestar. Asimismo, el entorno social, familiar y convivencial no debe verse alterado por la presencia de la mascota y en ese aspecto, generalmente, incide el entrenamiento y las enseñanzas de dueños y dueñas de perros y gatos.
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El bienestar de los animales también hace parte de las políticas públicas de los últimos años con las cuales se reconfigura el tejido social: diversos lugares de compartimiento familiar, como centros comerciales o restaurantes, tienen espacios habilitados para las mascotas teniendo en cuenta que ya son parte de la ciudadanía.
También existe la posibilidad de un registro con el cual se asegura que usted tiene una mascota a su cargo y, por lo tanto, tiene derechos y deberes respecto al cuidado del animal.
Las autoridades también tienen un sistema para identificar las razas de perro denominadas como ‘raza de manejo especial’. Es importante que usted, en caso de tener una mascota que esté dentro de estos grupos, haga el registro correspondiente para evitar sanciones.
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14 razas de perro, en el radar del cuidado especial en Bogotá
La Secretaría de Gobierno es la encargada de registrar a los perros que estén dentro de las razas de manejo especial. Esta identificación puede hacerse comunicándose a la Línea 195 (la cual funciona las 24 horas) o trasladándose hasta un Supercade. En la página principal de la Alcaldía de Bogotá puede consultar los puntos disponibles.
Según informó la Secretaría, el registro especial se hace bajo tres condiciones: perros que han tenido episodios de agresiones o que hayan causado la muerte de otros animales, perros adiestrados para ataque o defensa o perros que pertenecen a una de estas razas:
—American staffordshire terrier
—Bullmastiff
—Dóberman
—Dogo argentino
—Dogo de burdeos
—Fila brasileiro
—Mastín napolitano
—Bull terrier
—Pitbull terrier
—American pitbull terrier
—De presa canario
—Rottweiler
—Staffordshire terrier
—Tosa japonés
Aunque la raza no garantiza ningún tipo de peligro por sí misma, estos 14 tipos de caninos hacían parte de lo que en su momento se denominó ‘Perros potencialmente peligrosos’ por su fuerza, su vigor y su territorialidad. No obstante, la homogenización propuesta por el Distrito plantea un seguimiento e identificación.
El trámite de registro dura cinco días hábiles. El propietario o la propietaria del perro debe tener a la mano nombre completo, teléfono, correo electrónico, raza del canino, vacunas certificadas del animal, dirección de residencia y un certificado de sanidad vigente, el cual puede solicitarse en una de las Subredes de la Secretaría Distrital de Salud.
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Recuerde que, si bien el registro no tiene costo, la dueña o el dueño del canino sí debe aportar una póliza de responsabilidad civil extracontractual. Esto cubre perjuicios en caso de que los animales, por una u otra razón, atenten contra un bien ajeno u otra especie.
En caso de no registrar a su perro de raza de manejo especial, podría tener una sanción económica cercana a los 700 mil pesos.
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