¿Tienes un predio sin habitar y no sabes cómo suspender el servicio de aseo? Te contamos
Sáb, 30/10/2021 - 05:52
Si tienes un predio de vivienda o local desocupado y no sabes cómo suspender el servicio de aseo, debes tener en cuenta que, aunque el lugar no esté habitado, el servicio debe seguir pagándose. No obstante, puedes solicitar una reducción de pago del servicio.
1. El primer paso es informar con el operador de aseo que el predio se encuentra desocupado, se debe adjuntar la factura del último período del servicio de acueducto en la que se pueda establecer que no se presentó consumo de agua potable y/o factura de energía que demuestre un consumo inferior o igual a (50) Kilowatts / hora-mes.
2. El usuario puede solicitar una visita al operador de aseo para que este evidencie que el predio se encuentra desocupado.
3. Este descuento en el servicio de aseo tiene una vigencia de tres meses y es obligación del usuario informarle al operador de aseo cada tres meses, que el predio esta desocupado ya sea vivienda o local.
Aquí puedes encontrar los operadores de aseo en Bogotá.
Canal telefónico
- Línea 110, para la ciudad de Bogotá D.C., la cual atiende las 24 horas del día, los siete (7) días de la semana
- Línea 195
Canal virtual
- Mediante la página web instaurada para la ciudad de Bogotá, para la prestación del servicio público domiciliario de aseo de acuerdo con la Resolución UAESP 027 del 2018.
- De igual manera se ha abierto la posibilidad de radicación mediante el correo electrónico linea110@proceraseo.co.
Puntos de atención
Tenga en cuenta
- Una vez presentada su solicitud en los medios de atención autorizados se le agendará una visita la cual se llevará a cabo en los 15 días hábiles siguientes a la interposición de la solicitud, con el fin de evidenciar el estado de desocupación, lo anterior teniendo en cuenta que el inmueble al momento de la solicitud aún permanezca vacío; cumplido el término inicial de no haberse podido efectuar la visita se le notificara a la dirección de correspondencia sobre bien sea el cierre de la solicitud o de la ampliación de términos, cumplido estos términos de ser favorable la solicitud se procederá a otorgar en el siguiente periodo de facturación el descuento solicitado, de lo contrario se le notificará la decisión correspondiente de acuerdo a la normatividad legal del caso.
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