Estos son los requisitos para que los vehículos de carga liviana no tengan pico y placa en Bogotá
Sáb, 05/02/2022 - 06:58
La Administración Distrital ha expedido el Decreto 546 de 2021, que dicta que los vehículos de carga liviana a gas harán parte de las excepciones a la medida de pico y placa en Bogotá.
Todos los vehículos que cumplan con las condiciones expedidas por las Secretarías de Ambiente y Movilidad serán exentos de la medida de pico y placa, en busca de incentivar las prácticas que contribuyen a un mejor aire y a la reactivación económica en la ciudad.
Véase también: Conoce las nuevas rutas del SITP que mejorarán tu movilidad en Bogotá
“Con estas medidas buscamos que los pequeños transportadores de carga, cuyos vehículos hayan sido convertidos a gas, puedan trabajar los sábados y de esta forma contribuir con la reactivación económica”, explicó Susana Morales, subsecretaria (e) de política y movilidad de la Secretaría de Movilidad.Entre los beneficios de esta iniciativa están:
- Exención de la medida restrictiva de circulación ambiental los sábados.
- Extensión de seis meses para establecer la regulación de cargue y descargue de mercancías en la ciudad.
Guía para que los vehículos de carga liviana a gas transiten sin pico y placa los sábados
Las Secretarías de Ambiente y Movilidad calculan que, aproximadamente 2.200 vehículos de carga liviana, de los más de 5.000 de este tipo que circulan por Bogotá, podrán ser beneficiarios de la excepción de pico y placa los sábados. Los vehículos deben cumplir los siguientes requisitos:- El año modelo del vehículo debe ser superior a 20 años.
- El vehículo debe estar registrado en el Runt como convertido a gas natural.
- El vehículo debe tener una capacidad de carga menor o igual a 3.500 kg.
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